lunes, 10 de enero de 2011

La captura de José Enrique Crousillat: De indultado a prófugo de la justicia

1. Introducción
Fuente: El Otorongo. 01 de enero de 2010
El 08 de agosto del 2006, la Segunda Sala Penal Especial de la Corte Superior de Justicia de Lima sentenció al empresario José Crousillat a ocho años de pena privativa de libertad por haber vendido la línea editorial de América Televisión al ex asesor presidencial Vladimiro Montesinos Torres. Asimismo, ordenó el pago de 80 millones de nuevos soles por concepto de reparación civil[1].

Desde fines del 2009, este personaje ha estado en el ojo de la tormenta pues fue indultado por el Presidente Alan García; sin embargo, algunos meses después, la gracia fue dejada sin efecto y el empresario pasó a la clandestinidad, hasta el día de hoy, que fue ubicado y capturado.

2. El indulto concedido
Después de tres años de haberse sentenciado a Crousillat, mediante la Resolución Suprema No. 285-2009-JUS del 10 de diciembre de 2009 se indultó al referido empresario por motivos humanitarios. Se sostuvo que (1) Las condiciones carcelarias podían colocar en grave riesgo la vida y la salud de Crousillat y (2) El favorecido tenía 77 años al momento de ser agraciado. Estas dos consideraciones se ampararon en el artículo 22 del Reglamento de la Comisión de Indulto y Derecho de Gracias por Razones Humanitarias –respecto al segundo supuesto, la norma sólo exige que el favorecido tenga más de 65 años–:

[D]on José Enrique Crousillat López Torres se encuentra inmerso en el segundo y el cuarto supuesto de la referida norma [Reglamento de la Comisión de Indulto y Derecho de Gracias por Razones Humanitarias y Conmutación de la Pena] pues se trata de un adulto mayor de 77 años quien sufre de cardiopatía hipertensiva moderada, enfermedad vascular cerebral, enfermedad ateromatosa de arterias carotideas severa, fibrilación auricular crónica con respuesta ventricular controlada con antiaritmicos (amiodarona), portador de marcapaso definitivo modo VVl, anti-coagulado, obesidad, síndrome ansioso depresivo por lo que las actuales condiciones carcelarias a la que se encuentra sometido ponen en riesgo la vida, integridad física y salud del solicitante al no contar con las instalaciones necesarias para su recuperación o tratamiento, afectándose de forma directa su derecho a una vida digna conforme a lo establecido en el Informe Médico emitido por el doctor Juan E. Dyer de fecha 05 de junio de 2009.

Fuente: La República
En resumidas cuentas, se expuso que la avanzada edad del solicitante y la naturaleza de las condiciones carcelarias ponían en grave riesgo su integridad física. Sin embargo, apenas se levantó el resguardo policial, Crousillat abandonó la clínica donde estuvo internado los últimos ochos meses por la supuesta gravedad de su salud y se dirigió a la casa de una de sus hijas[2]

Esta recuperación fue irónicamente tildada de “milagrosa” pues si no regresó a la cárcel fue por su estado de salud, el cual mejoró rápidamente en cuanto se enteró que el indulto había sido aprobado.

Al ser entrevistado, el abogado de Crousillat manifestó que su patrocinado viajaría a Argentina para reunirse con su familia y que “lo que va a hacer es dedicarse a la actividad que siempre ha hecho: las telenovelas y ese tipo de cosas”[3]. Asimismo, indicó que la reparación civil impuesta “ha quedado sin efecto por el derecho de gracia” pues, según el letrado “cuando la pena se extingue, el Estado deja de ejercer la acción que le corresponde. Consecuentemente, como no hay pena, no hay reparación civil[4]. Esta es una clara señal de impunidad pues se pretende extender los efectos de una figura que únicamente perdona la sanción penal impuesta, no la civil pues ésta subsiste a la medida.

A través de diversos medios de prensa, la población manifestó su total desacuerdo con la medida adoptada por el Gobierno. Así, por ejemplo, el ex procurador Vargas Valdivia señaló que este indulto traía consigo “un mensaje desalentador no sólo para lucha contra la corrupción, sino la institucionalidad del país”[5]. Por su parte, el ex presidente Toledo indicó que “ojalá que no exista algún arreglo con el Presidente Alan García detrás del indulto concedido al condenado por corrupción José Enrique Crousillat”[6]. Como se puede ver, al Gobierno no le importó que la medida adoptada trajese consigo el descontento y malestar ciudadano.

Algunas semanas después, el diario “La República” dio a conocer que para la concesión del indulto no se valoraron las evaluaciones efectuadas por las juntas médicas penitenciarias de la Oficina Regional del INPE en el que recomendaron el traslado de Crousillat al centro penitenciario al encontrarlo estable –incluso, los médicos hallaron al paciente haciendo pesas y sometido a actividad física intensa y trabajo en máquinas-[7]. De esta manera, para que el Gobierno concediera la gracia tuvo que justificar su decisión en una evaluación particular presentada por la defensa del solicitante[8] y un informe médico en el que intervinieron dos galenos del Ministerio de Salud y de Essalud, no del INPE. Así, sólo con estos dos informes, y no con los expedidos por la Junta Médica del INPE, es que se concluyó que Crousillat debía ser perdonado judicialmente.

3. La revocación del indulto
Fuente: Caretas
Como siempre he manifestado, soy un detractor de las gracias presidenciales ya que la facultad de perdonar la sentencia impuesta es excesiva por lo que no debería recaer en las manos del Presidente de la República.

En el caso bajo análisis, no se benefició a Crousillat por ser un enfermo terminal sino por tener más de 65 años y porque las condiciones de la cárcel podían poner en grave riesgo su vida y salud. Realizo esta precisión pues en las semanas siguientes a la concesión de la gracia aludida, la prensa publicó un sinnúmero de artículos donde cuestionaban la salud del indultado.

Tres meses después de la concesión del indulto –de forma precisa, el domingo 14 de marzo de 2010– a través de la Resolución Suprema No. 056-2010, el Gobierno dejó sin efecto el indulto concedido a José Enrique Crousillat. Mediante una lamentable línea argumentativa, el Ejecutivo sostuvo que las sucesivas apariciones públicas del indultado demostraban que gozaba de buena salud, hechos que desvirtuarían las razones que motivaron su perdón:

Que, después de su liberación, el ex recluso Crousillat López ha hecho sucesivas apariciones públicas mostrándose en un aparente buen estado de salud lo que desvirtúa la causa por el que fue solicitado su indulto; (…)
Que, siendo esta la causa que motivó la gracia presidencial, resulta pertinente tomar las medidas correctivas a fin de que no se desnaturalice el sentido del indulto;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Dejar sin efecto la Resolución Suprema No. 285-2009, que concedió el indulto por razones humanitarias al recluso José Enrique Crousillat López Torres.
Artículo 2°.- Comunicar la presente Resolución Suprema al Ministerio Público y al Poder Judicial, a fin de que dispongan lo pertinente conforme a sus atribuciones.
Artículo 3°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministerio de Justicia

Nunca antes en la historia peruana, un Presidente había dejado sin efecto un indulto otorgado. Quizás el Presidente García lo hizo porque un día antes, el Segundo Juzgado Penal Especial ordenó la detención de Crousillat. Quizás porque la opinión pública así lo exigía. Sea como fuese, el remedio fue más caro que la enfermedad pues la Resolución Suprema No. 056-2010 no se encuentra debidamente motivada. En efecto, se agració al beneficiado (1) por tener más de 65 años y (2) porque las condiciones carcelarias ponían en grave riesgo su vida y salud, no porque fuese un moribundo. Entonces, ¿por qué el Ejecutivo se amparó en las apariciones públicas para “dejar sin efecto” la gracia?

El indulto nunca debió haber sido otorgado. Si el Ejecutivo deseaba enmendar el error, debió haber publicado una Resolución en la cual explicase de manera pormenorizada las verdaderas razones que lo llevasen a adoptar tal decisión pero lamentablemente no lo hizo. ¿Qué hacía a Crousillat especial de entre todos los internos que comparten su misma situación –tener más de 65 años y que las condiciones carcelarias ponen en riesgo su vida y salud–? No lo sabemos. El Presidente García nos debe también esa explicación pues no puede apañar el indulto con su posterior derogación.

4. La captura de Crousillat
Desde el 13 de marzo de 2010, José Enrique Crousillat se mantuvo en la clandestinidad. Sin embargo, el día de hoy a las 03:30 am, el prófugo empresario fue ubicado y detenido en un departamento ubicado en el departamento 202 de la Avenida La Paz 1459, Miraflores. Inmediatamente fue trasladado al Instituto de Medicina Legal y posteriormente a las Oficinas de Requisitorias de la Policía Nacional del Perú.

Mucho se especula sobre su captura. Hay quienes sostienen que se trata de una cortina de humo para apaciguar la tempestad que cubre al partido de gobierno y otros manifiestan que sólo se trata de una exitosa labor de la Policía Nacional del Perú. Sea como fuese, lo cierto es que aquella sensación de impunidad que generó el indulto concedido a un empresario condenado por corrupción debe llegar a su fin y los principales involucrados –entre ellos, el Presidente de la República– nos deben una larga y pormenorizada explicación.





[1]  Como se recuerda, el empresario trató de impedir que la diligencia se realice aduciendo motivos de salud. Para impedir esto, los vocales de la Sala se trasladaron a la Clínica donde estaba internado para leerle su sentencia. LA REPÚBLICA. “Condenan a ocho años de prisión efectiva a José Enrique Crousillat”. Lima: La República, 2006. Consulta: 01 de octubre de 2010.
      <http://www.larepublica.com.pe/component/option,com_contentant/task,view/id,119278/Itemid,/>
[2]  PERÚ.21. “Indulto hizo milagros en la salud de E. Crousillat”. Lima: Diario Perú 21, 2009. Consulta: 01 de octubre de 2010.
      <http://peru21.pe/impresa/noticia/indulto-hizomilagros-salud-crousillat/2009-12-13/263185>
[3]  EL COMERCIO. “Crousillat se encuentra en casa de una de sus hijas y se dedicará a las telenovelas”. Lima: El Comercio, 2010. Consulta: 01 de octubre de 2010.
      <http://elcomercio.pe/noticia/380533/indultado-crousillat-ya-se-encuentra-casa-sus-hijas-informo-su-abogado>
[4]  RADIO PROGRAMAS DEL PERÚ. “José Enrique Crousillat no pagaría S/. 80 millones de reparación civil”. Lima: Radio Programas del Perú, 2010. Consulta: 01 de octubre de 2010.
      <http://elcomercio.pe/noticia/381016/jose-enrique-crousillat-no-pagaria80-millones-reparacion-civil>
[5]  LA REPÚBLICA. “Ojalá que indulto a Crousillat no sea un arreglo”. Lima: Diario La República, 2010. Consulta: 01 de octubre de 2010.
      <http://www.larepublica.pe/politica/15/12/2009/ojala-que-indulto-crousillat-no-sea-un-arreglo>
[6]  Ibíd.
[7]  “Los doctores coinciden de manera contundente en las tres evaluaciones en que el resto está clínicamente estable y debe retornar inmediatamente a su establecimiento penitenciario de origen”. Artículo titulado: “Indulto a Crousillat fue una trafa”. La República. Domingo 27 de diciembre de 2009. p. 3.
[8]  “Se añade al expediente de su indulto el informe del doctor de cabecera de Crousillat que indica que su paciente tiene un síndrome ansioso depresivo, por lo que recomienda que por ningún motivo debe reingresar al centro penitenciario porque de no seguir el tratamiento se pone en riesgo su vida”. Ibid.

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